Cuestiones de América

 

Libertad a cambio de seguridad después del 11 de septiembre

David Cole *

 

A partir de los atentados en Nueva York y Washington hemos sacrificado los derechos humanos de los inmigrantes, especialmente de árabes y musulmanes, a cambio de la supuesta tranquilidad del resto de nosotros, lo que será contraproducente, dado que el terrorismo. En un año el Departamento de Justicia ha arrestado entre mil 500 y 2 mil personas, pero ninguna de ellas ha sido acusada formalmente de estar involucrada en esos actos criminales

 

DETENCIONES MASIVAS DE PRESUNTOS TERRORISTAS
Los devastadores ataques terroristas del 11 de septiembre nos han hecho sentir vulnerables de una manera que jamás habíamos percibido, y muchos argumentan que podríamos tener que sacrificar algo de nuestra libertad a cambio de mayor seguridad. Pero lo que hemos hecho a partir del 11 de septiembre es evitar tomar la dura decisión de a cuáles de nuestras libertades estamos dispuestos a renunciar, y hemos sacrificado las libertades de los inmigrantes, especialmente la de los árabes y musulmanes, a cambio de la supuesta seguridad del resto de nosotros.

Este doble estándar es una forma muy tentadora de lograr un equilibrio: da a los ciudadanos una sensación de seguridad sin sacrificar su propia libertad, pero es una transacción ilegítima. Con toda probabilidad, será contraproducente, dado que enajenará precisamente a las comunidades con las que es más necesario trabajar en la lucha contra el terrorismo.

Además, es una transacción falsa, porque lo que hoy le hacemos a los inmigrantes creará el precedente de lo que haremos a los ciudadanos estadunidenses mañana. De la misma forma en que lo hemos hecho en otras épocas de crisis, a la luz del 11 de septiembre hemos sustituido la culpabilidad por asociación de amplio espectro, por medidas dirigidas a conductas específicas y hemos burlado los procedimientos diseñados para identificar a los culpables, al tiempo que se protege a los inocentes.

Pero ambas medidas se han dirigido a extranjeros. El Congreso ha vuelto deportables a los inmigrantes basándose únicamente en sus asociaciones políticas, los ha vuelto susceptibles de exclusión únicamente por su discurso y los sujeta a detenciones indefinidas sobre la base de una orden ejecutiva oficial.

El Departamento de Justicia ha llevado a cabo una masiva campaña de detenciones preventivas, arrestando entre mil 500 y 2 mil personas desde el 11 de septiembre, casi todas ellas inmigrantes. La Procuraduría estadunidense los ha llamado “presuntos terroristas”, pero ni uno solo de ellos ha sido acusado formalmente de estar involucrado en los crímenes de ese día. La única persona que ha recibido cargos en este sentido es Zacarias Moussaoui, quien fue arrestado antes del día de los atentados y, por lo tanto, no forma parte de dicha campaña.

Asimismo, nos hemos atribuido la autoridad de mantener encarcelados a ciudadanos extranjeros en calidad de “combatientes enemigos” en Guantánamo, sin cargos, sin juicio y sin audiencia, y estarán encerrados hasta que decidamos que la “guerra contra el terrorismo” ha terminado.

Pero mientras estas iniciativas se adoptaban bajo el supuesto de que se aplicarían sólo a los no ciudadanos, como si con esto se le quisiera decir a los estadunidenses que no tenían que preocuparse por sus derechos, el gobierno ya comenzó a aplicar un trato similar a sus propios ciudadanos. En el más flagrante ejemplo de esto, ahora se afirma que existe una autoridad unilateral para encarcelar a ciudadanos estadunidenses, indefinidamente, incomunicados, sin que se les presenten cargos, sin juicio, sin acceso a un abogado, simplemente porque el presidente los ha declarado “combatientes enemigos”, o en la retórica particular de Bush, “los malos”.

Cuando en un principio el presidente introdujo la idea de una justicia militar, en noviembre de 2001, con la orden de instalar tribunales militares, le aseguró al pueblo estadunidense que estas cortes juzgarían exclusivamente a extranjeros. Sin embargo, ahora ha reclamado el derecho de detener indefinidamente a ciudadanos estadunidenses sin que se les someta a juicio. Algunos han argumentado que es necesario sacrificar temporalmente algunas libertades civiles en tiempos de guerra, y que dichas libertades resurgirán cuando vuelva la calma.

Pero todo indica que la “guerra contra el terrorismo” será permanente. Cuando se le preguntó al secretario de Defensa, Donald Rumsfeld, por cuánto tiempo el ejército mantendría bajo arresto a los “combatientes enemigos” en Guantánamo, explicó que, desde su punto de vista, la guerra contra el terrorismo estaría concluida sólo cuando ya no existieran organizaciones terroristas de alcances potencialmente globales a las que pudieran unirse los detenidos.
Ahora nos atribuimos la autoridad de aprehender extranjeros en calidad de “combatientes enemigos”

El mundo moderno da a todos un “alcance potencialmente global”, y por lo tanto, en su opinión, la guerra terminará sólo cuando el terrorismo quede erradicado del mundo, que es una situación más improbable que la de lograr la cura al catarro común.

Esta guerra será permanente y tendremos que vivir el resto de nuestras vidas con las elecciones que hagamos hoy.

Así, mientras consideramos cómo nuestro gobierno debe responder a la nueva amenaza del terrorismo, debemos evitar la salida fácil de convencernos de que los sacrificios afectarán sólo a los inmigrantes, o que dichos sacrificios serán temporales. En cambio, debemos preguntarnos qué sacrificios estamos dispuestos a hacer de forma permanente. Sólo así tendremos oportunidad de encontrar un equilibrio adecuado entre libertad y seguridad.

Historia

Esta no es la primera vez que hemos respondido al miedo atacando a los inmigrantes y tratándolos como sospechosos basándonos en su identidad de grupo y no en su conducta individual. Durante la Primera Guerra Mundial encarcelamos a disidentes, la mayoría de ellos inmigrantes, únicamente por estar opuestos a la guerra. En la Segunda Guerra Mundial, recluimos a 110 mil personas, la mayoría de las cuales eran, nuevamente, inmigrantes, no porque consideráramos que sus decisiones individuales representaban una amenaza contra nuestra seguridad nacional o nuestros esfuerzos bélicos, sino únicamente por sus origen japonés. Y en la lucha contra el comunismo, que tuvo su apogeo en la era McCarthy, convertimos en un crimen incluso ser miembro del Partido Comunista, y autorizamos la enmienda McCarran-Walter, que permitió al gobierno prohibir la entrada y expulsar a extranjeros que simpatizaran con el comunismo o pertenecieran a algún partido comunista.

Si bien la actual respuesta todavía no llega al nivel de estas exageradas reacciones históricas, está caracterizada por los mismos errores de principio, que son atacar a grupos vulnerables no por su conducta ilegal, sino por su identidad de grupo, su afiliación política, así como equiparar una actividad política legítima con una ofensa criminal, pasando por alto las medidas diseñadas para proteger a inocentes.

Culpabilidad por Asociación  y Espionaje Político

En octubre de 2001, el Congreso aprobó el artículo Patriótico bajo amenaza del procurador general, John Aschroft. Entre otras cosas, el artículo impone la culpabilidad por la asociación con inmigrantes, una filosofía que la Suprema Corte ha condenado como “ajena a las tradiciones de la sociedad civil y la misma Primera Enmienda”. Antes del arribo del artículo Patriótico, los extranjeros eran sujetos a deportación por estar involucrados o apoyar la actividad terrorista. Pero el nuevo artículo los vuelve deportables por prácticamente cualquier tipo de asociación que puedan tener con una “organización terrorista”, sin considerar si el sospechoso tiene alguna conexión con actos de violencia, y mucho menos, de terrorismo. La enmienda define a la “organización terrorista” como cualquier grupo de dos o más personas que utiliza o amenaza con usar un arma contra cualquier persona o propiedad, y por lo tanto, incluye a cualquier agrupación que alguna vez haya participado en una guerra civil o en un crimen violento.

Bajo esta previsión, un extranjero que haya enviado libros para colorear a una guardería dirigida por alguna organización que pudiera ser considerada terrorista, será deportado como tal, aun si esta persona comprobara que los libros fueron usados únicamente por niños de tres años.

De hecho, la ley se extiende incluso a aquellos que apoyen a una agrupación en un esfuerzo contra el terrorismo. Así, un inmigrante cuáquero que alguna vez envió a algún grupo un libro escrito por Gandhi sobre las virtudes de la no violencia, también podría ser deportado como terrorista. El penalizar a la gente por conductas de este tipo viola la Primera y la Quinta enmiendas. Todas las personas en territorio estadunidense, según la Primera Enmienda, tienen derecho a asociarse con grupos con fines legales o ilegales, siempre y cuando no apoyen los fines ilegales del mismo. La Quinta Enmienda dicta que “en nuestro sistema judicial, la culpa bilidad es personal”. Si no existe el nexo entre el apoyo del extranjero y la actividad terrorista, la Constitución está siendo violada.

Algunos afirman que las donaciones monetarias deben ser punibles, pues el apoyo a las actividades legales de un grupo simplemente liberarán sus recursos para que éstos puedan ser empleados en el terrorismo. Este argumento es muy representativo, pues autorizaría a culpar por asociación a cualquier persona que haya hecho donativos, tan pronto dicha organización cometa actos ilegales.

De esta forma podríamos decir que los donativos al Partido Demócrata “liberan” recursos que se utilizan para violar las leyes de financiamiento de campaña, y desde luego, esto no se aceptaría como justificación para criminalizar todo el apoyo que recibe dicha formación simplemente porque a veces ha violado esas leyes.

Más aún, este argumento parte de que cada dólar marginal que se dé a un grupo acusado será necesariamente invertido en violencia, y se trata de una afirmación que nunca podrá comprobarse.

Nadie cuestionaría seriamente, por ejemplo, que cada dólar que se donó al Congreso Nacional Africano, en los 80, para su trabajo legal antiapartheid, liberó un dólar más que fue usado en actos violentos. La culpabilidad por asociación genera la peor forma de espionaje político, como nos enseñaron los excesos de la era McCarthy. Sin embargo, estas leyes invitan a la FBI a enfrascarse en un espionaje político generalizado, porque criminalizan también a las actividades políticas que no son culpables de terrorismo.

Esta invitación ha sido secundada por la decisión de Aschroft de flexibilizar las normas que rigen las investigaciones criminales internas de la FBI, específicamente al autorizar a infiltrar mítines políticos y protestas, aunque no exista indicio alguno para creer que en estos actos se planeará un crimen. Las normas se adoptaron en los 70, después de que se reveló que la Oficina Federal de Investigaciones ejerció un espionaje abusivo y que sus infiltraciones violaron los derechos civiles de grupos pacifistas. Ahora estamos a punto de regresar a los excesos del pasado, pero ahora los objetivos son los árabes y musulmanes.

 Exclusión ideológica

El artículo Patriótico también revive la exclusión ideológica, que es la práctica de negar la entrada a extranjeros con base en el discurso que éstos manejan. Excluye a los extranjeros que “respaldan la actividad terrorista o simpatizan con ella”, o bien que “persuaden a otros a apoyar la actividad terrorista o a una organización terrorista”, o que pertenecen a grupos que la defienden. El excluir a personas por sus ideas se opone frontalmente al espíritu de libertad que enarbola Estados Unidos. Por ello, en 1990 revocó todos esos elementos en la Ley de Inmigración y Nacionalidad. A pesar del 11 de septiembre es seguro que somos un país lo suficientemente fuerte y que nuestra convicción contra el terrorismo es lo suficientemente poderosa para volver innecesaria una censura así.

Detención versus enjuiciamiento

Poco después del 11 de septiembre, John Aschcroft anunció que se usaría cualquier ley que estuviera en los libros para atrapar a “sospechosos de terrorismo” y encerrarlos. Esta campaña de detenciones preventivas incluye actualmente el arresto de entre mil 500 y 2 mil personas, de las cuales no hay una sola a la que se le hayan hecho cargos por el crimen que se investiga o por terrorismo. De hecho, no sólo no se ha acusado formalmente a ninguno de los detenidos por un crimen terrorista, sino que la mayor parte han sido absueltos por la FBI de cualquier relación con el 11 de septiembre, con Al Qaeda o con cualquier actividad terrorista. La política ha sido encontrar algún pretexto para el arresto, negándose a excarcelar o a deportar al sospechoso hasta que la Agencia Federal de Investigaciones haya absuelto por completo al individuo. En resumen, en el caso de los inmigrantes hemos invertido el lineamiento de nuestras leyes, porque se les consideró culpables hasta que se comprobó su inocencia, y sólo entonces se les liberó o deportó.

El Departamento de Justicia no ha estado dispuesto a difundir ni siquiera la información básica sobre el mayor grupo de detenidos, que son aquellos que fueron arrestados por violaciones a las leyes migratorias. Se niega incluso a identificar a los detenidos. Los inmigrantes son juzgados en procesos secretos, fuera de la vista del público, de la prensa o de sus familiares. Se ordena a los jueces de inmigración no hablar sobre las causas que siguen y no confirmar ni negar que dicho caso existe, si alguien les pregunta.

Una práctica generalizada como ésta, en la que hay detenciones y juicios secretos, no tiene precedente. Dos cortes federales han declarado inconstitucional esta práctica y un tercer tribunal ha ordenado al gobierno difundir los nombres de los detenidos, en atención a la Ley de Libertad de Información, pero el gobierno ha apelado.

La administración también ha cambiado radicalmente las reglas que regulan su autoridad para detener a inmigrantes. Poco después del 11 de septiembre se dio al Servicio de Inmigración y Naturalización (SIN) la autoridad para detener a extranjeros, sin cargos, por un periodo “razonable” que no se especificó en momentos de emergencia. Muchos fueron retenidos durante semanas, y otros estuvieron detenidos más de un mes, sin que se les presentaran cargos. La administración también cambió los lineamientos de manera tal que si un juez de asuntos migratorios ordena la liberación de un extranjero, el SIN puede revocar tal decisión recurriendo simplemente a una apelación.

El artículo Patriótico va aún más lejos y da a la Procuraduría General autoridad unilateral para detener a extranjeros obedeciendo únicamente a su criterio, sin audiencia y sin dar oportunidad al detenido de cuestionar los cargos en su contra. La dependencia federal puede, por lo tanto, detener a cualquier inmigrante al cual certifique como “sospechoso de terrorismo”.

La enmienda Patriótica define a un “sospechoso de terrorismo” de manera tan amplia que incluye prácticamente a cualquier inmigrante que alguna vez haya estado en una pelea de cantina o en una disputa doméstica, lo mismo que a extranjeros que jamás han cometido un acto de violencia en sus vidas y cuya única ofensa puede consistir en haber dado auxilio humanitario a una organización que el gobierno no favorece.

En algunos casos, la ley autoriza a la Procuraduría General a mantener en detención a las personas por tiempo indefinido. Esta previsión viola los más fundamentales elementos de un proceso jurídico. También autoriza la detención preventiva de personas que no implican peligro alguno a la comunidad y que no están en posibilidad de huir. Autoriza la detención sin ningún aviso previo y sin derecho a audiencia. Además, permite al SIN arrestar indefinidamente a los extranjeros, aun cuando ganen juicios para impedir su expulsión del país por violaciones a la ley migratoria. Esto equivale a detener a un prisionero aun después de que ha obtenido el perdón.

Si se tratara del jefe policial de alguna ciudad, que arresta a entre mil 500 y 2 mil personas en relación con una investigación criminal para después mantener bajo detención a la mayoría de ellas y las juzga en secreto, y además da a sus fiscales la facultad de apelar contra decisiones judiciales, para ni siquiera acusar formalmente a un solo detenido del crimen que se investiga, de seguro perdería su empleo. Aun así, la sorprendentemente fracasada campaña de John Ashcroft de detener a “sospechosos de terrorismo” ha atraído poca atención y menos críticas. En parte esto se debe al temor que todos sentimos. Pero el motivo es, sobre todo, que prácticamente todos los detenidos son extranjeros árabes y musulmanes.

 Justicia militar

En noviembre de 2001, el presidente Bush emitió una orden militar sin precedentes que autoriza a iniciar procesos judiciales en tribunales castrenses a todo extranjero acusado de actos de terrorismo o de ocultar a terroristas. Después de muchas críticas, el ejército emitió reglas que otorgaban algunas garantías a extranjeros sometidos a dichos juicios. Pese a esta enmienda, los acusados ante tribunales militares no tendrán derecho de apelación ante una corte independiente, y su encarcelamiento puede decidirse con base en evidencia que ni el indiciado ni nadie fuera del ejército haya podido revisar. En esencia, la rama ejecutiva, y específicamente el ejército, serán juez, jurado y verdugo simultáneamente.

Sin embargo, y hasta ahora, el ejército no ha comenzado un solo proceso. Le ha parecido más conveniente mantener detenidos a los individuos sin juicio, y ha reclamado su autoridad de mantenerlos indefinidamente bajo custodia como “combatientes enemigos”, incomunicados, sin que se les hagan cargos y sin acceso a un abogado. Ninguno de los cientos de extranjeros retenidos en Guantánamo ha tenido ningún tipo de audiencia. Este tratamiento, inicialmente limitado a no ciudadanos, ahora se ha extendido a ciudadanos estadunidenses, como es el caso de Yaser Hamdi y José Padilla.

Estos dos hombres, con ciudadanía estadunidense, están prisioneros en las mismas condiciones que los extranjeros en Guantánamo. El gobierno ha argumentado en diversos procedimientos legales que cuenta con autoridad ilimitada para detenerlos indefinidamente, y que las cortes no tienen facultad de cuestionar una detención ejecutiva, incluso de ciudadanos estadunidenses. En pocas palabras, aun si Hamdi y Padilla son totalmente inocentes, no tienen recurso alguno.

Operación Tips y documentos  nacionales de identidad

Como lo ilustran los casos de Hamdi y Padilla, la administración se ha vuelto cada vez más dura en sus reclamos de autoridad, dado que ya ha empezado a cruzar la frontera entre ciudadanos y no ciudadanos sobre la cual, en un principio, se fundamentaba la introducción de muchas de las nuevas iniciativas. Dos ejemplos recientes de esto son las propuestas de crear una credencial nacional de identidad y la Operación Tips, que es un programa que alienta a los ciudadanos a espiarse unos a otros. Estas propuestas nos afectarán a todos. Tendremos que llevar un documento oficial de identidad, lo cual facilita al gobierno rastrear cada uno de nuestros pasos. Y también tendremos que preocuparnos de que nuestros vecinos o el repartidor nos estén espiando y reportando a las autoridades nuestra conducta inusual.

En la práctica, por supuesto, los árabes o musulmanes -o quienes puedan ser confundidos con árabes o musulmanes- sufrirán la mayor parte de los daños, pues ellos serán el principal objetivo de las verificaciones de identidad y del espionaje privado. Pero en otro sentido todos nos veremos afectados, pues la introducción de estos programas cambiará significativamente la vida en Estados Unidos. Precisamente por esta razón ambas propuestas han recibido intensas críticas a todo lo ancho del espectro político.

A insistencia del congresista Dick Armey, una ley de la Cámara de Representantes prohíbe expresamente al Departamento de Seguridad Interna desarrollar un documento nacional de identidad y la puesta en práctica de la Operación Tips. Como vemos en estos ejemplos, el proceso político puede encontrar más fácilmente el equilibrio entre la libertad y la seguridad cuando están en juego los intereses de las dos partes.
El Congreso apobó el artículo Patriótico, que castiga a quien se asocie con inmigrantes

Por qué no debemos  confiar en dobles estándares

Los dobles estándares señalados en este ensayo están equivocados; es improbable que nos den mayor seguridad y más bien volverán para perseguirnos a todos. En primer lugar, en términos constitucionales, los principios de las libertades políticas referidas a la expresión y asociación no se limitan a los ciudadanos, sino a toda persona que esté en el territorio estadunidense. La Constitución sí limita algunos derechos únicamente a los ciudadanos, como son el derecho al voto y a postularse para algunos cargos federales. Pero dichas limitantes sirven para subrayar que cuando la Constitución dice que “a ninguna persona” se le negará un juicio, significa que no se le negará a nadie.

La Suprema Corte ha señalado que la Primera y la Quinta enmiendas no hacen distinción entre los ciudadanos y los extranjeros que viven aquí. Esta interpretación, de hecho, es acorde con las leyes internacionales sobre derechos humanos, que garantizan a ciudadanos y extranjeros el mismo derecho a juicio, a la libre expresión y la libre asociación.

Es improbable que estas medidas incrementen nuestra seguridad. Al penalizar incluso las actividades organizadas no violentas desperdiciará recursos valiosos en rastrear actividades políticas que seguramente pasarán a la clandestinidad, lo que hará que las comunidades extranjeras estén menos dispuestas a cooperar con las autoridades.

El conducir procesos judiciales en secreto y rechazando el uso de instrumentos diseñados para proteger a los inocentes, reafirmando así la legitimidad de los dictámenes judiciales, sólo logrará que la gente tema lo peor de nuestro gobierno.

Como escribió hace casi 75 años el juez Louis Brandeis, quienes crearon nuestra Constitución sabían que “el temor genera represión, la represión genera odio y el odio amenaza un gobierno estable”. En otras palabras, conservar nuestras libertades es fundamental en sí para salvaguardar nuestra seguridad.

Estos dobles estándares también van a socavar nuestra legitimidad en el extranjero. El terrorismo internacional es un fenómeno trasnacional que requiere una respuesta trasnacional. Pero si otras naciones ven que estamos imponiendo a sus ciudadanos castigos que no toleraríamos en los nuestros, estarán menos dispuestas a cooperar con nosotros en la guerra contra el terrorismo.

Nuestros aliados han criticado abiertamente el trato que hemos dado a los extranjeros recluidos en Guantánamo, y España ha dicho que no extraditará a personas acusadas de estar implicadas en los ataques del 11 de septiembre si no prometemos que no serán juzgadas por tribunales militares.

Nuestra actitud unilateral al desafiar la Corte Penal Internacional y rechazar los acuerdos internacionales sobre el medio ambiente, sólo subraya la sensación de que Estados Unidos no está dispuesto a sujetarse a las obligaciones que tiene el resto del mundo.

Por último, como se ve en los casos de Hamdi y Padilla, lo que hacemos hoy a los extranjeros marca el precedente de lo que haremos mañana a nuestros propios ciudadanos.

A la larga, entonces, y por razones de principio, seguridad e interés propio, debemos resistirnos a seguir la senda fácil de cambiar las libertades de los inmigrantes a cambio de nuestra propia sensación de seguridad. Cuando se trata de derechos fundamentales a un juicio justo, a la libre expresión y a la libre asociación, debemos imponerles únicamente las cargas que nosotros estamos dispuestos a soportar.

* La Jornada, México, 11 de septiembre de 2002. David Cole es profesor de derecho constitucional en la Facultad de Leyes de Georgetown. También es abogado voluntario en el Centro de Derechos Constitucionales y encargado de Asuntos Legales de la publicación The Nation. Este artículo fue publicado primero por Foreign Policy in Focus (www.fpif.org). Traducción: Gabriela Fonseca

 

 

 

 

Cuestiones de América Nş 11, Octubre-Noviembre de 2002

 

 

 

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